En el marco del proceso electoral, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó a la ciudadanía la importancia de diferenciar entre una encuesta electoral y un sondeo de opinión, así como verificar que toda encuesta difundida cumpla con los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Una encuesta electoral es una investigación social que mide la intención de voto respecto a una elección o consulta popular. Para ello, se aplica un cuestionario a una muestra representativa de la población, permitiendo conocer las opiniones y actitudes de los ciudadanos con sustento metodológico y científico.
En cambio, un sondeo de opinión carece de sustento científico, ya que recopila datos de manera referencial, generalmente a través de medios de comunicación, páginas web, redes sociales o televotos. Por ello, el JNE precisa que este tipo de consultas deben consignar de forma continua la advertencia: «Los resultados de este sondeo son referenciales y no tienen sustento científico».
Asimismo, el organismo electoral recordó que solo las empresas debidamente inscritas en el Registro Electoral de Encuestadoras del JNE están facultadas para elaborar y difundir encuestas sobre intención de voto y simulacros de votación durante un proceso electoral.
Finalmente, toda encuesta debe publicar una ficha técnica con información esencial para garantizar la transparencia del estudio. Esta debe incluir, entre otros aspectos, el nombre de la encuestadora, el número de partida asignado por el JNE, la fuente de financiamiento, los objetivos del estudio, el tamaño de la población y de la muestra, el margen de error, el nivel de confianza, el tipo y los puntos de muestreo, así como la fecha en que se realizó el trabajo de campo.
Flyer: JNE



